El juez Santiago Inchausti procesó con prisión preventiva a cinco integrantes de la banda que estafaba al Estado con jubilaciones irregulares. Otros tres podrán seguir libres y tres más fueron desprocesados.
Cinco personas quedaron detenidas y otras tres fueron procesadas por el juez Santiago Inchausti acusados de integrar la banda que se dedicaba a estafar al Estado a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) con el otorgamiento irregular de jubilaciones.
Entre los detenidos están los tres abogados y un asesor previsional integrantes del estudio jurídico Organización Previsional SRL con sede en Yrigoyen y Paso, como también el médico encargado de falsificar informes a pedido de los anteriores.
A los ocho procesados se les trabó embargo de bienes por un valor de 20 millones de pesos, en tanto que los tres que obtuvieron la libertad, además, debieron pagar una caución de 1 millón.
En el fallo de Inchausti, titular del juzgado Federal N°3, dictó la falta de mérito a la sobrina de uno de los imputados, a una contador y a otra abogada.
Para el juez está probado en esta etapa de la pesquisa que la organización ilícita cometió 16 casos de estafas y otras 3 tentativas por un perjuicio total al Estado de 90 millones de pesos. Sin embargo, existen otros 100 casos en revisión que podrían hasta triplicar ese monto.
Los abogados Rubén David Cagni, Conrado Suárez y Luis Miguel Iros, junto con el asesor previsional Roberto Luis Balbuena, fueron acusados de resultar jefe u organizador de una asociación ilícita, coautor del delito de defraudación
contra la administración pública reiterado en dieciséis ocasiones, coautor del delito de tentativa de defraudación coautor del delito de tentativa de defraudación contrala administración pública reiterado en tres ocasiones, coautor del delito de uso de documento falso en una ocasión, coautor del delito de alteración dolosa de registros y coautor del delito de tenencia ilegitima de DNI ajenos, reiterado en once ocasiones, todo ello en concurso real con excepción del delito de alteración dolosa de registros que concurre de manera ideal con el delito de defraudación contra la administración pública.
En tanto, el médico Fernando Fernández, detenido en Ezeiza el sabado último, también deberá permanecer preso, acusado de integrar la asociación ilícita. Aunque sus cargos no son tan relevantes como los anteriores, no se le concedió la libertad por real peligro de fuga.
El médico José Ricardo Caliyuri fue procesado sin prisión preventiva por ser miembro de una asociación ilícita; Norberto Coehlo fue acusado de miembro de una asociación ilícita y participe primario del delito de defraudación contra la administración pública, en una ocasión; y la contadora Daniela Livi fue procesada por considerarla miembro de una asociación ilícita, coautora del delito de defraudación contra la administración pública, reiterado en once ocasiones, coautora del delito de tentativa de defraudación contra la administración pública en una ocasión,coautora del delito de alteración dolosa de registros, todo ello en concurso real con excepción del delito de alteración dolosa de registros que concurre de manera ideal con el delito de defraudación contra la administración pública.
Por su parte, María Gabriela Iros, Daniel Alberto Nicolás y Rosana Arata fueron desprocesados por falta de mérito.
Un hecho entre tantos
En el extenso fallo de más de 100 fojas, el juez Inchausti detalla los casos de estafa y como muestra uno de ellos, rotulado como “A.2”, es contundente.
Una persona solicitó el beneficio de Retiro Por Invalidez (RTI) el 21 de octubre de 2013, siendo con Cagni como apoderado. Para ello habría declarado la prestación de servicios respecto de un empleador en el período 01/02/2012 a 31/07/2013. Sin embargo, no constó en ningún registro el pago de los correspondientes aportes por dichos periodos. En consecuencia, se le habría otorgado el beneficio solicitado con el fecha inicial de pago en 7 de agosto de 2013.
Tras el proceso de verificación interno realizado por ANSES se decretó la nulidad y baja del beneficio en diciembre de 2015, determinándose finalmente un perjuicio de 722.119,32 pesos en virtud de todos los cobros indebidos percibidos por el beneficiario y los intereses.